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Preguntas Frecuentes

PREGUNTAS FRECUENTES


En esta sección encontrará las respuestas que miembros del colegio nacional del notariado mexicano han dado a las preguntas que con mayor frecuencia les formulan los usuarios del servicio notarial, en relación a su actividad. Esperamos que éstas les sean de utilidad para tener una visión general sobre la importante función que desempeña el notario en nuestra sociedad.


EL NOTARIO


¿Qué es un notario?
El notario es un profesional del Derecho, investido de fe pública por el Estado, que brinda seguridad jurídica y certeza en los actos y hechos de los que da fe, manteniendo siempre un alto nivel de profesionalismo, una total imparcialidad con los prestatarios del servicio y una plena autonomía en sus decisiones, las cuales sólo tienen por límite el marco jurídico y el estado de Derecho. El notario ejerce su función con independencia del poder público y los particulares, teniendo a su cargo el recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de los comparecientes y plasmar ésta en un instrumento público y auténtico, redactado bajo su responsabilidad y que puede ser una escritura pública, si se trata de dar fe de un acto jurídico, como por ejemplo un contrato; o bien un acta notarial, si se certifica un hecho jurídico o material, por ejemplo una notificación o una fe de hechos.
El notario conserva y reproduce el instrumento, brindando así seguridad y tranquilidad a la sociedad a la que sirve. También auxilia a las autoridades locales y federales en el cálculo y cobro de impuestos y derechos; y vigila que se cumpla con el procedimiento registral necesario para que se publiciten los actos que ante él se otorgan.
¿Cuáles son los requisitos para ser notario?
Los requisitos para ser notario son distintos en cada Estado, ya que los establece su correspondiente ley local. Sin embargo, en términos generales se requiere ser licenciado en Derecho, haber realizado una práctica en alguna notaría, tener buena reputación tanto personal como profesional, y aprobar o en su caso ser vencedor en un examen de oposición.
¿Puede un notario de un Estado ejercer su función en otro Estado de la República Mexicana?
No. Los notarios sólo pueden ejercer su función en el territorio de la entidad federativa relativa y no pueden ejercerla en el territorio de otro Estado. Lo anterior no significa que no puedan dar fe de actos cuyo objeto sean bienes ubicados en otra entidad, siempre y cuando el acto se otorgue dentro de la entidad de la que son notarios. Por ejemplo, una compraventa de una propiedad en Cancún, se puede realizar en la Ciudad de México, siempre y cuando la firma de la escritura se realice en la Ciudad de México.
¿Qué ley regula la actividad de los notarios?
En nuestro sistema jurídico, la materia notarial es de orden local; por ello cada Estado de la República tiene su propia ley del notariado y en ella se regula la actividad de los notarios en esa entidad federativa, así como los requisitos para ser notario en ese Estado, responsabilidades, derechos, obligaciones y sanciones.
¿Qué institución regula la actividad notarial en cada Estado?
La Ley del Notariado de cada entidad establece qué instancia del gobierno estatal es la encargada de supervisar la actividad notarial. Estas instancias son responsables de asegurar el cumplimiento de la ley por parte del notariado. Es importante señalar que el notariado es una actividad de gran responsabilidad, que acarrea fuertes sanciones en caso de incumplimiento.
¿Cuáles son las principales características de la función notarial en México?
En México, al igual que todos los países con sistema notarial de corte latino, el notario en el ejercicio de sus funciones debe asesorar a las partes, interpretar su voluntad, redactar, leer, explicar y autorizar el instrumento correspondiente, así como conservarlo y reproducirlo.
¿De qué actos da fe el notario?
El notario interviene en diversos actos como son testamentos, poderes, constitución de sociedades, así como de aquéllos cuyo objeto sean inmuebles, como por ejemplo, compraventas, donaciones, hipotecas, fideicomisos y adjudicaciones por herencia. Además da fe de hechos como notificaciones, requerimientos, existencia y capacidad de las personas, reconocimiento de firmas, protocolizaciones de actas y hechos materiales en general.
¿Cuáles son las obligaciones de un notario?
El Notariado mexicano es un coadyuvante en la administración de la justicia en México, al proporcionar seguridad jurídica y prevenir posibles litigios y conflictos. La función notarial se extiende a todas las actividades jurídicas no contenciosas, por lo que proporciona seguridad jurídica y previene posibles litigios y conflictos al mediar entre las partes. Las principales obligaciones de un notario son:
• Actuar de manera imparcial, al asesorar a las personas que comparecen ante él, protegiendo los intereses de todos los involucrados.
• Redactar, leer y explicar el instrumento que contiene el acto o hecho del que dará fe.
• Calcular, retener y enterar el monto de los impuestos de las escrituras que autoriza, así como pagarlos en la Tesorería Local o Federal, cuando se causen.
• Inscribir en el Registro Público de la Propiedad y en el de Comercio los actos que así lo requieren.

TU FAMILIA


LA HERENCIA


¿Cómo puedo heredar?
Una de las vías más fáciles y seguras para que sus seres queridos puedan heredar todos los bienes y derechos de los que sea titular al momento de faltar, es la realización de un testamento. En general recomendamos el Testamento Público Abierto, mismo que se hace ante Notario Público.
¿Qué es un Testamento Público abierto?
Es un acto jurídico en el que tu designas, ante un Notario, a las personas que a tu fallecimiento serán dueños de tus bienes y propiedades, convirtiéndose así en los legítimos herederos de tu patrimonio. De este modo, cuando llegues a morir, tus bienes o propiedades serán recibidos por las personas que tu elijas libremente y en la proporción que tu dispongas. En otras palabras, sólo mediante tu voluntad, por escrito y ante Notario Público, la totalidad de tus bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte, serán transmitidas a las personas que sólo tu quieras que las reciban y en su caso, en la proporción que sólo tu dispongas.
¿Qué sucede cuando alguien muere sin dejar testamento, es decir, intestado?
En este caso la ley presupone cual sería la voluntad del testador, dando lugar a la sucesión legítima, en la que se establecen una serie de reglas que buscan favorecer a los familiares que hereden los bienes del difunto. En la gran mayoría de las Entidades Federativas existen procedimientos específicos para que los familiares puedan heredar, sin embargo, en muchos casos puede ser complicado y requerir la intervención de abogados litigantes y un juez de lo familiar, por lo que se recomienda realizar el testamento y evitar así problemas familiares.
¿Qué es una adjudicación de herencia?
Es una etapa del procedimiento sucesorio en la que se establece que bienes son propios de cada heredero. Una adjudicación puede realizarse en escritura pública ante un Notario si los bienes que van a recibirse son bienes inmuebles. Desde el momento del fallecimiento de su ser querido, acuda con su Notario de confianza para que le indique los trámites a seguir

VOLUNTAD ANTICIPADA


¿Qué es un documento de voluntad anticipada?
Es un documento que se redacta para regular la forma en que una persona quiere ser tratada médicamente ante ciertas enfermedades cuya expectativa de vida sea inferior a los 6 meses. La Ley de Voluntad Anticipada es muy reciente, fue publicada en enero del 2008 en la Ciudad de México, y otorga el poder a los individuos para decidir libremente que no se apliquen en su persona aquellos tratamientos y/o procedimientos médicos que busquen prolongar de manera innecesaria su vida. Al día de hoy no todos los Estados de la República Mexicana cuentan con esta ley o alguna similar.
¿Por qué es necesario ir con un Notario para donación de órganos y documentos de voluntad anticipada?
Para otorgar certeza jurídica al acto, así como para estipular los alcances y/o límites de la donación o del manejo de los tratamientos y/o procedimientos médicos. Es importante señalar que también se puede realizar una disposición relativa a la donación de órganos o tejidos mediante el formato que el Centro Nacional de Trasplantes dependiente de la Secretaría de Salud puso del conocimiento general mediante la publicación del mismo en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de agosto de 2014. La donación de órganos puede ser amplia, refiriéndose a la disposición total del cuerpo, o limitada, cuando se autoriza tan sólo disponer de ciertos órganos o tejidos. Asimismo, se puede señalar que se hace a favor de determinada persona o institución y las circunstancias en el que el donante desea llevarla a cabo: modo, lugar, tiempo y cualquier otra condición que forma parte de la voluntad del donante. Por su parte, el documento de voluntad anticipada puede delimitar en forma tan precisa como lo desee la persona, el contexto en el cual debe seguirse su voluntad ante ciertos tratamientos y/o procedimientos médicos que busquen prolongar de manera innecesaria la vida.

VIAJAR CON UNO O SIN AMBOS PADRES


¿Con qué documento se autoriza la salida del menor?
Existen dos formas para autorizar a un menor que viaje al extranjero sin la compañía de las personas que ejercen la patria potestad o la tutela, una de ellas es redactar un documento ante Notario Público en donde el padre, la madre, o ambos otorguen su consentimiento para que su(s) menor(es) pueda(n) salir del país, mismo que deberá presentarse en la oficina del Instituto Nacional de Migración (INM, del aeropuerto, frontera o puerto de salida). La otra forma es con la presentación física de las personas que ejerzan la patria potestad ante la oficina del INM (del aeropuerto, frontera o puerto de salida), presentando el formato de salida de menores ‘SAM’, mismo que se podrá obtener en la siguiente dirección: http://www.inm.gob.mx Esta medida aplica para menores mexicanos y extranjeros residentes temporales, permanentes y residentes estudiantes.

TU EMPRESA


¿Qué es una sociedad?
Cuando dos o más personas deciden reunir capitales y voluntades para desarrollar sus proyectos productivos, lo recomendable es que constituyan una sociedad, la que podemos definir como una entidad, organización o institución a través de la cual se realizan actividades mercantiles o civiles que proporcionan bienes o servicios a la comunidad.
Una sociedad debidamente constituida es una persona distinta a sus socios o accionistas, con capacidad para tener derechos y obligaciones. A las sociedades se les conoce como “personas morales”.
Una de las principales ventajas de constituir una persona moral para el desarrollo de actividades empresariales es la separación de patrimonios: el patrimonio de la sociedad es distinto al de cada uno de sus miembros, lo que significa que las obligaciones, riesgos y responsabilidades corren por separado y de manera independiente. Así, el riesgo del negocio no impactará los bienes que forman el patrimonio personal de cada socio o accionista, con algunas excepciones o matices dependiendo del tipo de sociedad.
¿Qué tipos de sociedades hay?
En México se dividen en tres grandes grupos:
• Sociedades Mercantiles: que agrupa a la Sociedad Anónima, la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad en Nombre Colectivo, entre otras.
• Sociedades Civiles: que agrupa a las Sociedades Civiles y a las Asociaciones Civiles.
• Sociedades Especiales: como los Sindicatos o la Sociedad de Producción Rural, entre otras.
¿Qué papel tiene el notario en la conformación de una sociedad o empresa?
De acuerdo con lo que dispone la Ley, el acto constitutivo de una sociedad mercantil debe formalizarse ante notario.

El notario dará fe pública de la constitución de la Sociedad a través de la redacción de la escritura constitutiva la que comprende los estatutos sociales, en los que se definen el tipo de sociedad que se formará, así como los derechos y obligaciones que los socios adquieren.

En la escritura constitutiva se hará constar el nombramiento de representantes legales, los que tendrán la capacidad para representar a la sociedad frente a terceros.

El notario se encarga de que se cumplan todos los requisitos establecidos en la ley en relación con el proceso de constitución de la sociedad. Atendiendo al momento en que deben cumplirse, podemos clasificar estos requisitos en: previos a la firma de la escritura constitutiva, simultáneos a la firma de dicha escritura y los posteriores a la misma.
Entre los primeros se encuentra la autorización que otorga la Secretaría de Economía para utilizar la denominación o razón social y algunas autorizaciones especiales por parte de otras dependencias, atendiendo al objeto de la sociedad; los segundos se cumplen al redactar el notario la escritura constitutiva: debe transcribir la autorización para uso de la denominación o razón, consignar la cláusula sobre la posible admisión o no de extranjeros, incluir los requisitos contemplados en la Ley, verificar las claves del Registro Federal de Contribuyentes de los socios o accionistas y consignar los datos de identificación de los otorgantes. La escritura constitutiva se firma por todos los socios o accionistas ante la presencia del notario.

Con posterioridad a la firma de la escritura constitutiva de la sociedad, el notario gestiona la inscripción de la misma en el Registro Público de Comercio y en el Registro Federal de Contribuyentes; además presenta el aviso de utilización de la autorización de uso de denominación. Otros avisos son los realizados a la autoridad hacendaria federal en relación con el Registro Federal de Contribuyentes, el que se dirige al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y, en algunos casos, el contemplado en la Ley Federal para la Prevención e identificación de Actividades con Recursos de Procedencia Ilícita.

Para agilizar el proceso de constitución de sociedades mercantiles (tratándose de la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada) los notarios utilizan una herramienta tecnológica consistente en un portal web operado por la Secretaría de Economía del gobierno federal denominado www.tuempresa.gob.mx a través del cual gestionan y obtienen la autorización para uso de la denominación social, además inscriben a la sociedad en el Registro Público de Comercio y en el Registro Federal de Contribuyentes, efectuando el pago de los derechos respectivos en línea.

En el caso de modificación de los estatutos sociales, transformación, disolución y liquidación de sociedades mercantiles, efectúan el trámite de inscripción en el Registro Público de Comercio a través de otra herramienta tecnológica operada por la misma Secretaría de Economía denominadaFedanet-Siger, realizando el pago de los derechos respectivos en línea.

En estos casos el papel de las nuevas tecnologías es crucial y la oficina notarial hace las veces de ventanilla única para tres trámites que corresponden a dependencias del gobierno federal, con lo que la colaboración notarial con la Administración Pública y con los empresarios se vuelve muy efectiva y se reducen significativamente los tiempos de respuesta: el mismo día en que se firma la escritura constitutiva, la empresa puede quedar inscrita en el Registro Público de Comercio y en el Registro Federal de Contribuyentes.

Decir que el notario es aliado del empresario es una expresión que se funda en un hecho incuestionable: el notario está presente en un número considerable de actos relacionados con el desarrollo de la empresa, desde el acto mismo del nacimiento o constitución de la empresa hasta la disolución de la misma, pasando por decisiones corporativas muy variadas como reformas estatutarias, variaciones del capital social, otorgamiento de poderes, transformación, fusión o escisión de sociedades, así como la adquisición de inmuebles y la contratación de créditos.

TU PATRIMONIO


PATRIMONIO


¿Qué es tu Patrimonio?
Tu Patrimonio es el conjunto de todos los bienes muebles, inmuebles, vehículos, derechos y demás que tienes y has adquirido para ti y tu familia. Todo patrimonio es difícil de adquirir, por lo que no sólo necesitas conservarlo, sino asegurarte de que está seguro, es decir, que tengas la seguridad jurídica de que todo lo que tienes está legalmente en orden.

Consulta a tu notario para que te ayude a revisar todos tus documentos estén en orden. Los notarios frecuentemente vemos casos en los que, a pesar de tener la escritura de un inmueble, ya sea una casa, lote o terreno, no pueden venderlo o pedir prestado dinero usándolo como prenda, pues está a nombre de su padre o madre que ya murió o simplemente no escrituró la propiedad al adquirirlo. En cualquier caso el notario te indicará y orientará si tienes que seguir un proceso para poner tu patrimonio en orden, por ejemplo, que lo que está pendiente de heredarse pase a ti o a los herederos que tu padre o tu madre hayan designado. También puede darse el caso de que no sepas si esa casa es solo tuya o también de tu esposa/o si aún vive por estar casado por “bienes mancomunados” o sea sociedad conyugal. Consulta a tu notario y, cuando lo hagas, lleva tus escrituras y tu acta de matrimonio, o divorcio, para que la asesoría sea completa y bien atendida.
¿Qué incluye tu Patrimonio Propio?
El Patrimonio Propio incluye la casa donde vives, tu vehículo, el de tu cónyuge, más otros bienes y derechos que has adquirido para ti y tu familia, ya sea tu cónyuge o tus hijos. Esos bienes, sobre todo inmuebles, pueden estar a nombre tuyo o de tu cónyuge o de ambos, dependiendo de si estas casado y bajo qué régimen contrajiste matrimonio.
¿Qué es el Régimen de Matrimonio y consecuencias tiene sobre el patrimonio?
Es el régimen que aceptaste firmar ante el Registro Civil cuando te casaste con respecto a los bienes que se adquieran antes o durante el matrimonio.
Por regla general hay dos tipos de Régimen Matrimonial: el de “sociedad conyugal”, también llamado “bienes mancomunados”, y el de “separación de bienes”. El Régimen de “sociedad conyugal” significa que lo que tú adquires a tu nombre, aun cuando no haya firmado tu cónyuge, también es de tu esposo/a; y lo que tu esposo/a adquirie a su nombre también es tuyo. Es decir, en ambos casos cada uno es dueño del 50% de ese inmueble, vehículo o cualquier tipo de propiedad.

En cambio bajo el Régimen de “Separación de Bienes” lo que tu adquiriste por cualquier medio antes de contraer matrimonio y durante tu matrimonio, es solamente tuyo. Tu esposa/o tiene derecho sólo a heredar esos bienes a tu fallecimiento.

Hay algunos Estados de la Republica que tienen otros tipos de Régimen Matrimonial, como el de Sociedad Legal.
Para conocer tu situación patrimonial revisa en tu acta de matrimonio el régimen matrimonial bajo el que estás casado/a, y las “Capitulaciones Matrimoniales”, es decir, las cláusulas que pactaste con tu cónyuge respecto a los bienes que tengan y adquieran. En cualquier caso, te recomendamos consultar con tu notario de confianza, él podrá asesorarte sobre tu situación patrimonial.
¿Sabías que tu Patrimonio puede estar bien protegido y nadie lo puede tocar?
En cada Estado de la República Mexicana hay una Ley que protege tu Patrimonio, esta ley garantiza que tu Patrimonio sea respetado y nadie pueda quitártelo en contra tu voluntad. Consulta con tu notario de confianza y pregúntale, él sabrá guiarte y responderte en qué casos está protegido y cuando no, y los tramites que te puede ayudar a realizar para protegerlo. Te dirá de acuerdo con las Leyes de tu Estado, cuáles son los límites máximos en bienes que puedes incluir dentro de ese Patrimonio. Si tuvieras o vas a tener un crédito con Infonavit, Fovissste, o un Banco, no puede protegerse el inmueble que será garantía de tu crédito, hasta cumplir con tu obligación de pago, es decir, liquidar el crédito.
¿Qué es el Patrimonio Corporativo o Societario?
El Patrimonio Corporativo o Societario es el que tienes cuando perteneces a una Sociedad por regla general mercantil como una Sociedad Anónima o similar, en la que hayas puesto dinero en acciones, aportaciones o capital. El Patrimonio Corporativo es diferente a tu Patrimonio Propio. Consulta con tu notario si tienes acciones o derechos sobre alguna Sociedad, cualquiera que sea, él te sabrá guiar y aconsejar, y te dirá hasta dónde llega tu responsabilidad, sobre todo si ocupas un cargo de Administrador o eres miembro de un Consejo de Administración de esa Sociedad, así como qué derechos y obligaciones tienes. Siempre deberás distinguir que el Patrimonio Corporativo o Societario, es diferente a tu Patrimonio Propio.
¿Puedes vender un inmueble de tu Patrimonio Propio?
Desde luego que sí, eres libre de disponer de todo tu Patrimonio, consulta con tu notario para que revise tus escrituras y se asegure de que no tengas problema alguno. Cuando vendes un inmueble que es tu casa habitación, no tienes que pagar Impuesto sobre la Renta al firmar la escritura. El Impuesto sobre la Renta es un impuesto por la venta de un inmueble y se basa en la ganancia que obtienes al venderlo comparado con el precio en que lo compraste. Tu notario de confianza podrá calcular la cantidad a pagar, o bien, definirte que no tienes que pagarlo si es tu casa habitación la que vendes y puedes demostrarlo.
¿Puedes comprar un segundo inmueble para hacer crecer tu Patrimonio?
Sí puedes. Consulta con tu notario, él te explicara en forma amplia qué documentos requieres para comprarlo; asimismo te auxiliará en la compra y te orientará para que la escritura sea correcta.
¿Es suficiente firmar un papel en el que prometo comprar o vender un inmueble?
Si crees que con sólo firmar contrato un donde prometes comprar y el otro promete vender un inmueble es suficiente, ten cuidado, tu Patrimonio puede estar en riesgo. Es necesario contar con una escritura notarial que te dé la seguridad jurídica de que lo que estás comprando:
• no está gravado o embargado, o que ese inmueble pueda llegar a serle embargado a quien te lo vende antes de que te lo escriture, o
• que muera el que te vendió el inmueble antes de escriturarlo, en ese caso tendrás que ver lo procedente con sus herederos, o
• simplemente si ese inmueble no tiene problema alguno para inscribir la escritura en las oficinas registrales que te garantizan que ese inmueble es de quien te lo vende y será tuyo con la compraventa.
Evita problemas y consulta con tu notario.

ESCRITURAS


¿Qué es una escritura pública?
Es un documento que haces ante Notario Público, en el que éste se cerciora de que quienes celebran un acto ante él, son quienes dicen ser, los identifica, verifica que la identificación que le presentan es legal y valida, con ello da fe de conocerte y de conocer a quien te vende, te presta, te renta o te da un poder. O bien, que quienes forman una Sociedad ante él son realmente ellos, que tienen capacidad para firmar, vender, comprar o lo que fuere. El Notario, además, da fe de que en su presencia se está entregando una cantidad de dinero por el pago de la compraventa, de la renta o del préstamo; y además hace constar en qué forma se paga, si es en efectivo, cheque o con una transferencia electrónica bancaria.
¿Qué es lo que puedes hacer en una escritura pública?
Varios actos jurídicos o contratos, como son la compraventa de una casa, terreno, rancho, es decir, un inmueble. Poderes, donaciones de inmuebles, sociedades, etc. Inclusive puedes hacer tu Testamento y el de tu cónyuge, para que tengas una seguridad jurídica total de que tus bienes y tu Patrimonio, serán recibidos a tu muerte por las personas que designes. Una escritura pública, sea cual fuere el acto que se otorga, especialmente si se trata de un testamento, protege tus derechos y tu Patrimonio.
¿Escriturar una casa o un departamento es muy caro?
Para la mayor parte de las familias comprar una casa representa la inversión de todos sus ahorros y, en muchas ocasiones, el patrimonio más importante de su vida; no escriturar resulta mucho más caro puesto que los contratos privados y los poderes notariales no son soluciones a largo plazo y conllevan grandes riesgos para el comprador; por ejemplo, la muerte del vendedor da por concluido el poder, lo que implicaría que a la muerte del vendedor tendríamos que iniciar un juicio para probar la posesión y con eso la propiedad. Actualmente, en la zona metropolitana el costo de la escritura de compraventa de una vivienda oscila entre el cuatro y el siete por ciento del valor total de la propiedad. La mayor proporción de este costo son impuestos y derechos que el Notario retiene y tiene que pagar al fisco.

La escrituración de un inmueble es la única forma en la que tendremos la certeza jurídica de la propiedad ante terceros, incluyendo los bancos para contratar créditos con garantía hipotecaria.

TESTAMENTO


¿Para qué sirve hacer un Testamento?
Para proteger tu Patrimonio. El testamento es un acto jurídico en el que tu designas, ante un notario, a las personas que a tu fallecimiento serán dueños de tus bienes y propiedades, convirtiéndose así en los legítimos herederos de tu Patrimonio. De este modo, cuando llegues a morir, tus bienes o propiedades serán recibidos por las personas que tu elijas libremente y en la proporción que tu dispongas.

La distribución de una herencia a través de un testamento beneficia a todos los involucrados. En el caso del testador, es decir la persona que otorga el testamento, le permite dejar en orden la transmisión de su patrimonio, y, si tiene hijos menores de edad, establecer a quién deja como tutor, responsable de su cuidado y educación. En el caso de los herederos o legatarios, el testamento permite conocer la voluntad del testador, así como facilitar el trámite sucesorio y la adjudicación de los bienes a su favor, sin importar su tamaño o valor.

RENTA DE INMUEBLES


¿Es necesario acudir ante notario público para la renta de un inmueble?
No, la renta es un acuerdo privado entre particulares si se trata de una casa o de un local comercial. Sin embargo, si se desea que cause efectos legales es conveniente que se firme ante Notario Público. Existe una excepción: si lo que se quieres es rentar un predio rústico, por regla general y dependiendo del tiempo que dure el arrendamiento y la cantidad que se pacte como renta, ese contrato sí debe ser otorgado en escritura pública ante notario y además inscribirse en el Registro Público de la Propiedad en el folio o registro de la propiedad a rentar.
¿Para qué? Para que se tenga la seguridad de que terceros, sean Bancos o acreedores de quien te renta, vean que tu contrato de arrendamiento existe, está registrado y por ello hace efectos contra terceros que quieran comprar ese predio o tomarlo en garantía. Al regístralo tienes la seguridad de que los acreedores o los Bancos deberán respetar los derechos que tienes por la renta, y no tendrás problemas posteriores. En cada Estado de la Republica es diferente. Consulta a tu notario para que te oriente, él sabrá aplicar la Ley de tu Estado.

HIPOTECA


¿Qué es una hipoteca y por qué debe otorgarse una hipoteca ante Notario Público?
Una hipoteca es un contrato mediante el cual un inmueble o varios quedan en garantía a favor de un acreedor, sea éste una persona que preste dinero o un Banco o Institución de Crédito o de Vivienda, para garantizar el dinero o el crédito que se otorgará, por ejemplo, para adquirir una vivienda. Una hipoteca que se finca sobre un inmueble o inmuebles garantiza que se cumplan las obligaciones pactadas por parte del deudor. Si en este caso eres tú el deudor, no podrás disponer de ese inmueble, es decir, venderlo, hasta que el adeudo al que te comprometiste esté pagado.

¿Por qué debe otorgarse ante Notario Público? Porque todas las Leyes de México indican que si una Institución de Crédito, Banco, Institución de Vivienda, o un tercero acreedor presta dinero, la hipoteca que se constituya deberá estar en escritura pública, es decir, ante un Notario Público, quien además se encarga de que esa hipoteca se inscriba correctamente en el Registro Público de la Propiedad al que corresponde el o los inmuebles materia de la hipoteca.

Esta disposición y actuación del notario, protege los derechos de las personas o instituciones que prestan el dinero, pero también si tú eres el deudor, te protege a ti y a tu Patrimonio contra otros posibles acreedores que pudieras tener, de esta forma resguarda los derechos de todos los que otorgan ese crédito y esa hipoteca que garantiza el crédito.
¿Puede la institución que me dará un crédito hipotecario pedir la firma de mi esposo/a?
Sí, sobre todo si estas casado bajo el régimen de sociedad conyugal, esto también la o lo protege para que se siga conservando la seguridad de tu Patrimonio.
Tu Notario Público te dará mayores explicaciones, consulta a tu Notario de confianza antes de otorgar un inmueble como garantía hipotecaria.
También debes saber que por regla general si tú hipotecas un inmueble con una Institución de Vivienda o un Banco, éste te pedirá que aceptes contratar un seguro de vida, el cual te protegerá para que en el caso de que fallezcas, el seguro pague el saldo del adeudo que tuvieras al momento de ocurrir tu fallecimiento.

FIDEICOMISO


¿Qué es un fideicomiso y para qué te puede servir en tu Patrimonio?
Un fideicomiso es un contrato en el que siempre interviene un banco debidamente autorizado por la autoridades federales, que en este caso se llama fiduciario, mediante el cual entregas uno o varios de tus inmuebles a ese banco, incluyendo inversiones, acciones mercantiles o algunos otros derechos especiales que tengas, a fin de que el mismo Banco se haga cargo de ellos, los cuide y de acuerdo con lo estipulado en el contrato de fideicomiso, los entregue cuando tu fallezcas a las personas que tu designes, en el tiempo que tu fijes en ese contrato y mientras tanto los productos, utilidades, intereses o rentas de lo que tengas en el fideicomiso, los invierta el Banco Fiduciario en la mejor inversión posible en el mercado. Lo que deje esa inversión y dichos productos, será repartido o entregado a la o las personas que tu previamente designes y en el tiempo y la forma o porcentajes que tu determines. Este tipo de fideicomiso podemos llamarlo Fideicomiso Testamentario.

Hay otros fideicomisos que también puedes celebrar, siempre con un Banco Fiduciario, como son el de que aquellos productos o dinero que entregues en fideicomiso para garantizar la educación de tus hijos o mientras ellos no cumplan la mayoría de edad.

Un fideicomiso también puede servir para administrar todos aquellos recursos que puedas tener o que deriven de los bienes que tengas, con el fin de que el fiduciario maneje tu dinero y/o tus bienes en la mejor forma siguiendo tus instrucciones; o bien que administren tus recursos para respaldar el pago de una deuda, o para asociarte con un tercero, sea persona física o una sociedad. Un ejemplo de ello puede ser la asociación con una constructora o inmobiliaria a la que tu entregas un inmueble a través del fiduciario a fin de que éste permita a la constructora posesionarse de tu propiedad para construir un fraccionamiento, lotificar, urbanizar, construir un edificio, etc. Este tipo de fideicomiso se llama Fideicomiso en Administración y te permite, si eres dueño del terreno, garantizar que la constructora que lo va a fraccionar o construir cumpla lo acordado; en caso de incumplimiento el fiduciario garantizará la devolución de lo que le entregues. Al mismo tiempo garantiza a la constructora o fraccionadora que pueda disponer del inmueble y realizar las obras que deba realizar y, al término, poder disponer ambos, quien aporta el inmueble y quien lo recibe a través del fiduciario, de los lotes, casas o edificio que resulten.

En el caso de que aportes al fiduciario inmuebles o derechos reales sobre ellos, deberán todas las partes -tu, el Banco Fiduciario y el tercero con el que contratas- recurrir a un Notario Público para hacer constar ese contrato de fideicomiso e inscribirlo en el Registro Público de la Propiedad, con el fin de que haga efectos contra terceros.
Si lo que aportas es solo dinero, acciones mercantiles o algo similar, no necesitas recurrir a un Notario.
¿Qué es una transmisión de propiedad?
Es la forma en que transmites o adquieres la propiedad de un inmueble, de un bien material o inclusive de derechos. Siempre deben ser transmitidos por voluntad de ambas partes y la transmisión implica hacer un contrato en el que se exprese por qué y a favor de quién se transmite o recibe la propiedad y en qué forma se hace.

Una forma de transmitir una propiedad es mediante un contrato de compraventa en el que compres o adquieras la propiedad de un inmueble o derechos, para ello la parte vendedora y compradora fijan en él un precio justo; o bien simplemente puede transmitirse una propiedad o derechos mediante un contrato de donación a título gratuito - es decir sin precio alguno- y que frecuentemente es para donar bienes a los hijos o nietos en vida.

Lo que debes saber de esta Donación, es que puede ser gratuita u onerosa, puedes donarle a tus hijos, tus padres, inclusive tu esposa/o si están casados bajo el régimen de separación de bienes, y en todos estos casos no pagarás impuesto sobre la renta por la enajenación. Pero si donas a algún hermano, primo o tercera persona física o sociedad que no sea tu familiar en línea directa, entonces quien recibe la donación debe pagar un impuesto oneroso que es el impuesto por “adquisición” de inmuebles.
¿Qué es el Registro Público de la Propiedad?
El Registro Público de la Propiedad es una oficina que pertenece a una Autoridad Estatal; en algunos Estados hay una sola, en otros por su población, hay dos o tres, o más. En esta oficina, y como su nombre lo indica, se lleva un registro de todos los movimientos ligados con inmuebles, sean compraventas, donaciones, hipotecas, fideicomisos, embargos, gravámenes de otra índole, arrendamientos, etc. Cualquier contrato por simple que sea, si está relacionado con inmuebles, debe estar inscrito o registrado en ese Registro.

Tal y como lo señala su denominación es público, porque puede ser consultado por cualquier persona que tenga interés en conocer cómo se encuentra un inmueble o algún derecho real sobre ese inmueble. Ahí sabrá si ese inmueble tiene algún embargo, está hipotecado, y si real y efectivamente pertenece a aquel que se ostenta como dueño o propietario, en fin, si no tiene problema alguno para que ese inmueble pueda ser vendido o dado en garantía.

De acuerdo a nuestro derecho latino, en México, este Registro tiene mucha importancia por las siguientes razones: en ese Registro se conoce toda la historia de un inmueble, sea casa, terreno, rancho; si está bien inscrito y lo requieres, puedes solicitar un “certificado de libertad de gravámenes” que te garantiza que está libre de problemas y puedes adquirirlo.

Antes de dar un paso o definir una compra o venta, consulta con tu Notario Público, él consultará en el Registro Público de la Propiedad en donde debe estar inscrito el inmueble que deseas comprar o vender, si existe el registro a nombre de quien quiere vender, si el inmueble está gravado con algún gravamen, anotación o hipoteca. De hecho el Notario, tiene la obligación de solicitar un Certificado de Libertad de Gravámenes antes de otorgar una escritura que contenga un contrato de compraventa de un inmueble, o un contrato en el que se dé ese inmueble en garantía.

EL NOTARIO EN TU COMUNIDAD


¿En qué consiste la campaña “Septiembre, mes del testamento”?
Desde 2002 la Secretaría de Gobernación impulsa, en forma conjunta con el Notariado Mexicano, la campaña “Septiembre: Mes del Testamento”. Cada año durante este mes los notarios de todo el país reducen sus honorarios hasta un 50% y amplían sus horarios de atención; asimismo participan en campañas estatales y federales donde se atienden las dudas de la ciudadanía.
Para mayor información sobre el Testamento consulta la sección: Tu familia.
¿En qué programas sociales participa el notariado?
El notariado participa en múltiples programas sociales vinculados a la atención del adulto mayor, firma de documentos de voluntad anticipada, regularización de la tenencia de la tierra y varios más. Asimismo el notariado se coordina, a través del Colegio Nacional, con los principales organismos de vivienda para brindar una mejor atención con los mayores beneficios para la sociedad.

Consulta a tu Colegio de Notarios estatal para pedir información sobre los programas que hay en tu localidad: www.notariadomexicano.org.mx/directorio/colegios.html
¿Por qué el notariado participa en jornadas electorales nacionales o locales?
En muchas ocasiones los órganos electorales, los partidos políticos, los observadores electorales y los ciudadanos en ejercicio de sus derechos políticos, buscan a efecto de dar mayor certeza a lo que sucede en los procesos electorales un fedatario plenamente imparcial y desvinculado de la materia política. En esos casos se llama a un notario para que de fe de diversos hechos.
¿Por qué algunas autoridades piden un notario público que certifique sus compromisos de campaña?
Algunas personas que aspiran al ejercicio de algún cargo público suscriben sus compromisos ante un notario público. En este caso, la función del notario consiste únicamente en ratificar o reconocer el texto y la firma del candidato como fedatario público.

La participación del notario en estos casos no garantiza el cumplimiento de los compromisos, solamente certifica que los compromisos quedaron asentados en un acta.
Es decir, a partir de la firma ante notario, el candidato no podrá negar haber hecho ese compromiso. El cumplimiento del compromiso es responsabilidad del que lo firmó.